Según las condiciones expuestas a continuación, los Estados miembros podrán fijar normas nacionales sobre la suspensión temporal de certificados cualificados de sello electrónico: Si un certificado cualificado de sello electrónico ha sido suspendido temporalmente, ese certificado perderá su validez durante el período de suspensión. A más tardar el 1 de julio de 2015 la Comisión, por medio de actos de ejecución, elaborará especificaciones relativas a la forma y en particular la presentación, composición, tamaño y diseño de la etiqueta de confianza «UE» para servicios de confianza cualificados. 2. 2. 2. Los apartados 1, 2 y 3 se entenderán sin perjuicio de la responsabilidad de las partes de acuerdo con la legislación nacional en relación con una transacción en la que se utilicen medios de identificación electrónica incluidos en el sistema de identificación electrónica notificado en virtud del artículo 9, apartado 1. Este prospecto común también contendrá información sobre la aplicación del Reglamento (UE) no 603/2013 y en particular los fines para los que puedan tratarse en Eurodac los datos relativos al solicitante. La petición de readmisión se cursará mediante un formulario normalizado e incluirá las pruebas o los indicios descritos en las dos listas mencionadas en el artículo 22, apartado 3, o bien los elementos relevantes de las declaraciones de la persona interesada que permitan a las autoridades del Estado miembro requerido verificar si le incumbe esa responsabilidad en virtud de los criterios definidos en el presente Reglamento. 2. El Estado miembro que ejecute el traslado de un solicitante o de otra persona a que se refiere el artículo 18, apartado 1, letras c) o d), comunicará al Estado miembro responsable los datos de la persona que deba ser trasladada que resulten útiles, pertinentes y no excesivos para los fines exclusivos de garantizar que las autoridades competentes con arreglo al Derecho nacional del Estado miembro responsable puedan prestar una asistencia adecuada a la persona interesada, incluida la asistencia sanitaria inmediata requerida para proteger sus intereses vitales y garantizar la continuidad de la protección y los derechos reconocidos en el presente Reglamento y en otros instrumentos jurídicos pertinentes en materia de asilo. Posición del Parlamento Europeo de 10 de junio de 2013 (no publicada aún en el Diario Oficial). 1. 1. Current consolidated version: 17/09/2014, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/910/oj, REGLAMENTO (UE) No 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE. 1. para personas físicas, el nombre de la persona; al menos el nombre del firmante o un seudónimo; si se usara un seudónimo, se indicará claramente; datos de validación de la firma electrónica que correspondan a los datos de creación de la firma electrónica; los datos relativos al inicio y final del período de validez del certificado; el código de identidad del certificado, que debe ser único para el prestador cualificado de servicios de confianza; la firma electrónica avanzada o el sello electrónico avanzado del prestador de servicios de confianza expedidor; el lugar en que está disponible gratuitamente el certificado que respalda la firma electrónica avanzada o el sello electrónico avanzado a que se hace referencia en la letra g); la localización de los servicios que pueden utilizarse para consultar el estado de validez del certificado cualificado; cuando los datos de creación de firma electrónica relacionados con los datos de validación de firma electrónica se encuentren en un dispositivo cualificado de creación de firma electrónica, una indicación adecuada de esto, al menos en una forma apta para el procesamiento automático. La información a que se refiere el párrafo primero será verificada por el prestador de servicios de confianza bien directamente o bien por medio de un tercero de conformidad con el Derecho nacional: en presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica, o, a distancia, utilizando medios de identificación electrónica, para los cuales se haya garantizado la presencia de la persona física o de un representante autorizado de la persona jurídica previamente a la expedición del certificado cualificado, y que cumplan los requisitos establecidos con el artículo 8 con respecto a los niveles de seguridad «sustancial» o «alto», o, por medio de un certificado de una firma electrónica cualificada o de un sello electrónico cualificado expedido de conformidad con la letra a) o b), o. utilizando otros métodos de identificación reconocidos a escala nacional que aporten una seguridad equivalente en términos de fiabilidad a la presencia física. La Comisión informará a continuación al Parlamento Europeo de los elementos clave del plan de acción preventivo. Publicación de una lista de dispositivos cualificados de creación de firmas electrónicas certificados. También deben poder decidir si interviene o no el sector privado en la prestación de estos medios. Dispositivos cualificados de creación de sello electrónico. 3. Si los datos no se tratan de forma automática, o no figuran ni están destinados a figurar en un expediente, cada Estado miembro tomará las medidas oportunas para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo a través de medios de control efectivos. El Estado miembro que lleve a cabo la entrevista personal elaborará un resumen escrito de esta que contendrá al menos la principal información proporcionada por el solicitante en la entrevista. 1. 1. Las personas interesadas deberán manifestar su consentimiento por escrito. La asistencia mutua podrá incluir, en particular, las solicitudes de información y las medidas de supervisión, tales como las peticiones para que se lleven a cabo inspecciones en relación con los informes de evaluación de la conformidad a que se refieren los artículos 20 y 21. 4. 2. Las autoridades mencionadas en el apartado 1 recibirán la formación necesaria sobre la aplicación del presente Reglamento. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. A más tardar el 21 de julio de 2016, la Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del presente Reglamento y propondrá, en su caso, las modificaciones necesarias. Miembros de la familia beneficiarios de la protección internacional. El solicitante u otra persona mencionada en el artículo 18, apartado 1, letras c) o d), tendrá derecho a la tutela judicial efectiva en forma de recurso o de revisión, de hecho o de derecho, contra la decisión de traslado, ante un órgano jurisdiccional. El comité será conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) no 182/2011. Los certificados cualificados de firma electrónica contendrán: una indicación, al menos en un formato adecuado para el procesamiento automático, de que el certificado ha sido expedido como certificado cualificado de firma electrónica; un conjunto de datos que represente inequívocamente al prestador cualificado de servicios de confianza que expide los certificados cualificados, incluyendo como mínimo el Estado miembro en el que dicho prestador está establecido, y. para personas jurídicas: el nombre y, cuando proceda, el número de registro según consten en los registros oficiales. 2. 1. 2. Por lo que se refiere a la República Francesa, las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán exclusivamente a su territorio europeo. Si constatara que dicha información ha sido tratada infringiendo las disposiciones del presente Reglamento o de la Directiva 95/46/CE, por razón, por ejemplo, de su carácter incompleto o inexacto, tendrá derecho a su rectificación o supresión. 12. Solo podrá prestar un servicio cualificado de conservación de firmas electrónicas cualificadas el prestador cualificado de servicios de confianza que utilice procedimientos y tecnologías capaces de ampliar la fiabilidad de los datos de la firma electrónica cualificada más allá del período de validez tecnológico. Se presumirá el cumplimiento de los requisitos de las firmas electrónicas avanzadas mencionadas en los apartados 1 y 2 del presente artículo y en el artículo 26 cuando una firma electrónica avanzada se ajuste a dichas normas. La delegación de poderes mencionada en el artículo 8, apartado 5, y en el artículo 16, apartado 3, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. 3. Está justificado, por tanto, incorporar al presente Reglamento el mecanismo previsto en el Reglamento (CE) no 1560/2003 para la solución de desacuerdos sobre la cláusula humanitaria, y ampliar su ámbito de aplicación a la totalidad del presente Reglamento. 2. Requisitos de los certificados cualificados de autenticación de sitios web. La determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada antes de dicha fecha se efectuará de conformidad con los criterios enunciados en el Reglamento (CE) no 343/2003. Los Estados miembros cooperarán con respecto a lo siguiente: la interoperabilidad de los sistemas de identificación electrónica notificados con arreglo al artículo 9, apartado 1, y los sistemas de identificación electrónica que los Estados miembros tienen intención de notificar, y. la seguridad de los sistemas de identificación electrónica. La Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) se refiere a las firmas electrónicas, sin ofrecer un marco global transfronterizo e intersectorial para garantizar unas transacciones electrónicas seguras, fiables y de fácil uso. prevé la configuración de guías específicas para normar el funcionamiento del sistema de titulación de la precitada universidad, RESUELVE: Expedir, la GUÍA COMPLEMENTARIA PARA LA INSTRUMENTALIZACIÓN DEL SISTEMA DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA. La falta de respuesta en el plazo de un mes o en el plazo de dos semanas mencionado en el apartado 1 equivaldrá a la aceptación de la petición e implicará la obligación de readmisión de la persona interesada, incluida la obligación de adoptar las medidas adecuadas para la llegada. El traslado del solicitante o de otra persona mencionada en el artículo 18, apartado 1, letras c) o d), desde el Estado miembro requirente al Estado miembro responsable se efectuará de conformidad con el Derecho nacional del Estado miembro requirente, previa concertación entre los Estados miembros afectados, en cuanto sea materialmente posible y a más tardar en el plazo de seis meses a partir de la fecha de aceptación de la petición por otro Estado miembro de hacerse cargo de la persona interesada o de readmitirla, o a partir de la resolución definitiva de un recurso o revisión que, con arreglo al artículo 27, apartado 3, tenga efecto suspensivo. (8)  Véase la página 60 del presente Diario Oficial. 2. 1. Un año después de la fecha de aplicación de los actos de ejecución a que hacen referencia el artículo 8, apartado 3, y el artículo 12, apartado 8, la Comisión publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea la lista de los sistemas de identificación electrónica notificados de conformidad con el apartado 1 del presente artículo y la información básica al respecto. Habida cuenta de los últimos avances tecnológicos, dichas medidas garantizarán un nivel de seguridad proporcionado al grado de riesgo. Cuando, con arreglo a los criterios enumerados en el presente Reglamento, no pueda determinarse el Estado miembro responsable del examen de la solicitud de protección internacional, será responsable del examen el primer Estado miembro ante el que se haya presentado la solicitud de protección internacional. 5. los hijos menores de las parejas mencionadas en el primer guión o del solicitante, siempre que no estén casados y sin discriminación entre los matrimoniales, extramatrimoniales o adoptivos de conformidad con el Derecho nacional. Supervisión de los prestadores cualificados de servicios de confianza. (18)  Directiva 2003/9/CE del Consejo, de 27 de enero de 2003, por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo en los Estados miembros (DO L 31 de 6.2.2003, p. 18). Se presumirá el cumplimiento de los requisitos de los sellos electrónicos avanzados mencionados en los apartados 1 y 2 del presente artículo y en el artículo 36 cuando un sello electrónico avanzado se ajuste a dichas normas. Esos atributos no afectarán a la interoperabilidad y reconocimiento de los sellos electrónicos cualificados. REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO CONSIDERANDO. Los Estados miembros notificarán a la Comisión, sin retrasos indebidos, información sobre el organismo responsable del establecimiento, mantenimiento y publicación de las listas de confianza nacionales, y detalles relativos al lugar en que se publican dichas listas, los certificados utilizados para firmar o sellar las listas de confianza y cualquier modificación de los mismos. El presente Reglamento establece la responsabilidad del Estado miembro que efectúa la notificación, de la parte que expide los medios de identificación electrónica y de la parte que realiza el procedimiento de autenticación en caso de incumplimiento de las obligaciones pertinentes dispuestas en el mismo. (2)  Posición del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014 (no publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 23 de julio de 2014. Los certificados cualificados de autenticación de sitios web contendrán: una indicación, al menos en un formato adecuado para el procesamiento automático, de que el certificado ha sido expedido como certificado cualificado de autenticación de sitio web; para personas físicas: al menos el nombre de la persona a la que se expida el certificado, o un seudónimo; si se usara un seudónimo, se indicará claramente; para personas jurídicas: al menos el nombre de la persona jurídica a la que se expida el certificado y, cuando proceda, el número de registro, tal como se recojan en los registros oficiales; elementos de la dirección, incluida al menos la ciudad y el Estado, de la persona física o jurídica a quien se expida el certificado, y, cuando proceda, según figure en los registros oficiales; el nombre o los nombres de dominio explotados por la persona física o jurídica a la que se expida el certificado; el lugar en que está disponible gratuitamente el certificado que respalda la firma electrónica avanzada o el sello electrónico avanzado a que se hace referencia en la letra h); la localización de los servicios que pueden utilizarse para consultar el estado de validez del certificado cualificado. 5. Cuando una organización es designada como representante, esta designará a una persona responsable de ejercer las funciones de dicha organización por lo que respecta al menor, de conformidad con el presente Reglamento; «documento de residencia»: cualquier autorización expedida por las autoridades de un Estado miembro por la que se autoriza a un nacional de un tercer país o a un apátrida a permanecer en su territorio, incluidos los documentos en los que se materializa la autorización de permanecer en el territorio en el marco de un régimen de protección temporal o a la espera de que finalicen las circunstancias que se oponen a la ejecución de una medida de expulsión, con excepción de los visados y de las autorizaciones de residencia expedidos durante el período requerido para determinar el Estado miembro responsable según lo estipulado en el presente Reglamento o durante el examen de una solicitud de protección internacional o de una solicitud de un permiso de residencia; «visado»: la autorización o la decisión de un Estado miembro exigida con vistas al tránsito o a la entrada para una estancia prevista en ese Estado miembro o en varios Estados miembros. Se faculta a la Comisión para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 6. Si el solicitante solo es titular de uno o de varios documentos de residencia caducados desde hace menos de dos años o de uno o de varios visados caducados desde hace menos de seis meses, que efectivamente le hayan permitido la entrada en el territorio de un Estado miembro, los apartados 1, 2 y 3 serán aplicables mientras el solicitante no haya abandonado el territorio de los Estados miembros. Con el fin de garantizar unas condiciones uniformes para la aplicación del presente Reglamento, deben conferirse competencias de ejecución a la Comisión, en particular, para que especifique los números de referencia de las normas cuya utilización daría la presunción del cumplimiento de determinados requisitos establecidos en el presente Reglamento. Los actos delegados adoptados con arreglo al artículo 30, apartado 4, entrarán en vigor únicamente en caso de que ni el Parlamento Europeo ni el Consejo hayan manifestado objeción alguna en un plazo de dos meses a partir de la notificación de dicho acto a ambas instituciones o en caso de que, antes de que expire dicho plazo, el Parlamento Europeo y el Consejo hayan informado a la Comisión de que no manifestarán objeción alguna. 1. EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Si la Comisión recibe una notificación una vez haya concluido el período a que se refiere el apartado 2, publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea las modificaciones de la lista a la que se hace referencia en el apartado 2 en el plazo de dos meses a partir de la fecha de recepción de dicha notificación. El organismo de supervisión notificado informará al público o exigirá al prestador de servicios de confianza que lo haga, en caso de considerar que la divulgación de la violación de seguridad o la pérdida de integridad reviste interés público. Al cumplir los requisitos establecidos en el presente apartado, los Estados miembros velarán por que no se restrinja de manera arbitraria la asistencia jurídica, ni se obstaculice la tutela judicial efectiva del solicitante. Vista la propuesta de la Comisión Europea. El artículo 30 se aplicará mutatis mutandis a la certificación de los dispositivos cualificados de creación de sello electrónico. Estos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 48, apartado 2. Las conclusiones sobre un marco común para la solidaridad auténtica y práctica con los Estados miembros que experimenten una presión especial sobre sus sistemas de asilo, entre otras cosas debido a flujos migratorios mixtos, adoptadas por el Consejo Europeo el 8 de marzo de 2012, constituyen una «caja de herramientas» de las medidas existentes y de las posibles medidas nuevas, que debería tenerse en cuenta en el contexto de un mecanismo de alerta rápida, capacidad de respuesta y gestión de crisis. Es esencial proporcionar un marco jurídico para facilitar el reconocimiento transfronterizo entre los ordenamientos jurídicos nacionales existentes relacionados con servicios de entrega electrónica certificada. Dichos procesos deben ser comparables con las normas de certificación de seguridad TI en la medida en que sean equivalentes los niveles de seguridad. Establece, en particular, el régimen de responsabilidad conforme al cual todos los prestadores de servicios de confianza deben responder de los perjuicios ocasionados a cualquier persona física o jurídica con motivo del incumplimiento por su parte de las obligaciones que impone el presente Reglamento. Las normas establecidas en el artículo 34, apartados 8 a 12, se aplicarán al intercambio de información previsto en el presente artículo. Validación y conservación de sellos electrónicos cualificados. Asimismo, los Estados miembros deben poder decidir, por mutuo acuerdo con otro Estado miembro, la designación de un organismo de supervisión en el territorio de ese otro Estado miembro. Se presumirá el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo cuando los sistemas y productos fiables cumplan dichas normas. Sin embargo, el principio de reconocimiento mutuo debe referirse únicamente a la autenticación a efectos de un servicio en línea. Toda petición de información se enviará únicamente en el contexto de una solicitud individual de protección internacional. 3. 1. 2. De igual modo, han de preverse medidas transitorias para los dispositivos seguros de creación de firmas, cuya conformidad se haya determinado con arreglo a la Directiva 1999/93/CE, así como para los prestadores de servicios de certificación que expidan certificados reconocidos antes del 1 de julio de 2016. Se presumirá el cumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo IV cuando un certificado cualificado de autenticación de sitios web se ajuste a dichas normas. El presente Reglamento debe ser neutral en lo que se refiere a la tecnología. Miembros de la familia que son solicitantes de protección internacional. Borrador. En particular, el presente Reglamento tiene por objeto asegurar el pleno respeto del derecho de asilo garantizado en el artículo 18 de la Carta, así como los derechos reconocidos en los artículos 1, 4, 7, 24 y 47 de esta. El nuevo marco normativo del SNI enfatiza en la necesidad de poner a la ciencia y a la tecnología al servicio del bienestar del pueblo, de la salud y del cuidado del ambiente. La Comisión pondrá la información a disposición de los Estados miembros. Dicho procedimiento debe estar basado en criterios objetivos y equitativos tanto para los Estados miembros como para las personas afectadas. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. 1. Para garantizar el pleno respecto del principio de unidad familiar y del interés superior del niño, la existencia de una relación de dependencia entre un solicitante y su hijo, hermano, padre o madre por motivo de embarazo o maternidad, estado de salud o vejez del solicitante, debe ser un criterio de responsabilidad vinculante.